La influencia del inglés en la actualidad resulta tan imparable que quizá resistirse a ella nos convierta en personajes quijotescos luchando contra molinos de viento. A veces, sus aportaciones son bienvenidas porque suman, enriquecen. Otras, en cambio, tan solo restan y empobrecen, demostrando por nuestra parte bastante pereza (algunos dicen que incluso servilismo).
Un ejemplo del segundo casos lo tenemos en el grupo “y/o”, que no viene a ser sino un calco del grupo inglés “and/or”. Quizá ahora estés llevándote las manos a la cabeza. Pero ¡si yo eso del “y/o” lo he visto un montón de veces en textos administrativos muy serios! ¿Cómo va a estar mal? A ver, vayamos por partes…
En inglés, las oraciones copulativas se unen con “and” (lo que sería nuestro “y”), mientras que las adversativas se unen con “or” (es decir, “o”). Así pues, cuando en una misma oración deben darse ambos matices, en lo que sería una suerte de “disyunción incluyente” que marca la posibilidad de elegir entre la suma (“and”) o la alternativa de dos opciones (“or”), suele recurrirse al grupo “and/or”. Y decimos “suele” porque incluso entre los angloparlantes tiene sus críticas este uso, pero ese es otro tema.
Vayamos ahora a nuestro idioma. ¿Qué ocurre con el “y/o” de marras que pretendemos usar con los mismos fines de “disyunción incluyente” que el inglés? Pues que casi siempre resulta innecesario, ya que la conjunción “o” puede expresar por sí sola tanto alternancia (uno u otro) como suma (ambos). Es decir, no es excluyente. Lo veremos claro con un ejemplo: “Puedes entrar por la puerta delantera o por la trasera, como prefieras”. Está claro que puedes entrar por una sola de las dos o, si así te place, por ambas (en momentos distintos del día, claro, salvo que tengas el don de la ubicuidad). Así pues, no tiene el menor sentido que digamos “Puedes entrar por la puerta delantera y/o por la trasera, como prefieras”. Sabiendo el doble valor que puede expresar la conjunción “o”, ese “y” nos lo podemos ahorrar porque queda redundante y solo acaba confundiendo.
Por otro lado, si queremos indicar una sola de dos opciones, sin posibilidad de que puedan darse ambas, nos basta con recurrir a la fórmula “o… o…”. Lo vemos recuperando el ejemplo de antes: “O entras por la puerta delantera, o entras por la trasera, ¡pero aclárate de una vez!”. Está claro que aquí el hablante ha decidido poner unas restricciones muy concretas y, además, no está como para que le anden buscando mucho las cosquillas.
Finalmente, debemos dejar algo claro: tampoco es que la RAE abomine y condene al fuego del averno el uso de ese “y/o”. De hecho, entiende que a veces (en especial, en textos de carácter técnico, sobre todo legales y administrativos) puede resultar necesario para no caer en alguna ambigüedad involuntaria. Pero sí lo desaconseja en líneas generales.